curso-de-prevencion-de-blanqueo-de-capitales
Prevención de blanqueo de capitales: una formación obligatoria en sectores de tu interés

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) es el principal marco legal que regula la prevención del lavado de dinero en México. Esta ley, publicada originalmente el 17 de octubre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación, establece obligaciones para instituciones financieras, empresas que realizan actividades vulnerables y personas que participan en operaciones que podrían involucrar recursos ilícitos.

SUJETOS OBLIGADOS:

Según la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) de México, los “Sujetos Obligados” son definidos en el Artículo 17. Ese artículo establece que todas las personas físicas o morales que realicen alguna de las Actividades Vulnerables señaladas en sus fracciones —como prestación de servicios profesionales, operaciones con bienes inmuebles, gestión de recursos o valores, administración de cuentas, entre otras— están sujetas a las obligaciones de la ley.

¿Qué es el blanqueo de capitales?

Básicamente, el delito de blanqueo de capitales hace referencia a los actos encaminados a encubrir el origen ilícito del dinero generado por actividades delictivas o criminales. Como son: el tráfico de drogas, de armas, corrupción, malversación de fondos, fraude fiscal, comisiones ilegales, contrabando, terrorismo y otros.

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la LFPIORPI puede conllevar sanciones económicas severas e incluso responsabilidad penal, conforme al Código Penal Federal (Artículos 400 Bis y siguientes). Las multas por no reportar operaciones sospechosas o no cumplir con las medidas de identificación de clientes pueden superar los 65,000 UMA. Además, si se demuestra dolo o participación directa en el lavado de dinero, las sanciones pueden incluir penas de prisión de hasta 15 años.

financiacion-del-terrorismo

Se consideran actividades constitutivas de lavado o blanqueo de capitales aquellas que busquen ocultar o disimular el origen ilícito de bienes, sabiendo que estos provienen de ciertos delitos base. Entre las principales actividades que configuran este delito se incluyen:

Conversión, transferencia, ocultamiento o encubrimiento del origen de bienes, con conocimiento de que provienen de delitos.

Adquisición, posesión, uso o manejo de bienes con conocimiento de su origen ilícito.

Ayudar a eludir las consecuencias jurídicas del delito fuente, mediante operaciones financieras o comerciales.

Por tanto, se considera blanqueo de capitales cualquier acción destinada a ocultar, transformar o encubrir el origen ilícito de bienes, sabiendo que provienen de delitos graves como narcotráfico, terrorismo, corrupción, contrabando o trata de personas. Así, estas actividades incluyen la adquisición, posesión, uso, transferencia o conversión de dichos bienes, con el objetivo de evitar su detección por las autoridades.

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la LFPIORPI puede conllevar sanciones económicas severas e incluso responsabilidad penal, conforme al Código Penal Federal (Artículos 400 Bis y siguientes). Las multas por no reportar operaciones sospechosas o no cumplir con las medidas de identificación de clientes pueden superar los 65,000 UMA. Además, si se demuestra dolo o participación directa en el lavado de dinero, las sanciones pueden incluir penas de prisión de hasta 15 años.

En Lecciona disponemos de condiciones y precios especiales para las empresas que quieran ofrecer esta formación a sus empleados. Sólo tienen que contactar con nosotros y podrán obtener toda la información sobre nuestras acciones formativas para grupos.

Ley de blanqueo de capitales

La prevención del blanqueo de capitales en México es una política pública esencial en la lucha contra la corrupción, el crimen organizado y el financiamiento del terrorismo. El marco legal principal es la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI). Es publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de octubre de 2012, y actualmente vigente. Esta ley establece las medidas que deben adoptar tanto instituciones financieras como diversos sectores económicos. Sobre todo, para identificar, reportar y prevenir operaciones sospechosas relacionadas con el lavado de dinero.

reglamento-prevencion-de-blanqueo-de-capitales

En México, la UIF es el organismo encargado de aplicar esta ley y supervisar su cumplimiento. Trabaja en conjunto con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Fiscalía General de la República (FGR) para detectar y sancionar operaciones ilícitas. Su misión es prevenir que el sistema financiero y los sectores económicos se utilicen como instrumentos para ocultar recursos de procedencia ilegal.

Financiación del terrorismo

El financiamiento del terrorismo constituye una de las amenazas más graves para la seguridad nacional y la estabilidad económica de México. Para combatir este delito, el país ha desarrollado un sólido marco jurídico que combina disposiciones penales, financieras y administrativas. Con el objetivo de prevenir, detectar y sancionar las operaciones relacionadas con el uso ilícito de recursos.

¿Qué establece el Código Penal Federal?

En sus artículos 139 Quáter y 139 Quinquies, tipifica el delito de financiamiento al terrorismo. Por ejemplo,  estableciendo sanciones severas para quienes, directa o indirectamente, proporcionen, recauden o administren recursos económicos con la intención de ser utilizados para la comisión de actos terroristas, dentro o fuera del país. Las penas pueden alcanzar hasta 40 años de prisión y multas elevadas, además del decomiso de bienes y la colaboración con autoridades internacionales en materia de seguridad.

Se establecen sanciones al que por cualquier medio que fuere ya sea directa o indirectamente, aporte o recaude fondos económicos o recursos de cualquier naturaleza. Por otro lado, con conocimiento de que serán destinados para financiar o apoyar actividades de individuos u organizaciones terroristas. O para ser utilizados, o pretendan ser utilizados, directa o indirectamente, total o parcialmente, para la comisión, en territorio nacional o en el extranjero, de cualquiera de los delitos previstos en los ordenamientos legales siguientes:

Del Código Penal Federal, los siguientes:

Terrorismo, previstos en los artículos 139, 139 Bis y 139 Ter;

Sabotaje, previsto en el artículo 140;

Terrorismo Internacional, previsto en los artículos 148 Bis, 148 Ter y 148 Quáter;

Ataques a las vías de comunicación, previstos en los artículos 167, fracción IX, y 170, párrafos primero, segundo y tercero, y

Robo, previsto en el artículo 368 Quinquies.

De la Ley que Declara Reservas Mineras los Yacimientos de Uranio, Torio y las demás Substancias de las cuales se obtengan Isótopos Hendibles que puedan producir Energía Nuclear, los previstos en los artículos 10 y 13.

Conoce nuestro curso online

Como hemos indicado, para trabajar en estos ámbitos la Ley estipula que es obligatorio contar con la debida formación en esta materia. La finalidad de nuestra formación en este tema es prevenir que una empresa pueda ser víctima de personas u organizaciones que blanquean dinero. Siendo éste, procedente de actividades delictivas, principalmente del tráfico de drogas y la corrupción.

lavado-de-activos

En este sentido, te proponemos el Curso online de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo. A fin de que conozca las reglas y procedimientos a seguir para el cumplimiento de la ley de blanqueo de capitales en su empresa. Además, de abordar la legislación vigente, este curso te proporciona formación en otros aspectos de tu interés.

El Curso de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo te proporcionará los conocimientos necesarios para aplicar correctamente la legislación descrita. Así, lograrás identificar y prevenir posibles casos de blanqueo de capitales en el ejercicio de tus funciones.

Certificación blanqueo de capitales

Se trata de una certificación de 20 horas de duración en modalidad 100% online. Lo que permite al alumno estudiar dónde y cuándo quiera y compatibilizar la formación con su vida personal y profesional. Cuenta con tutoría online, acceso a la plataforma virtual 24 horas al día los 365 días del año y abundante material multimedia y en pdf.

¡Si buscas certificación en blanqueo de capitales este es tu curso! Ya que, a su término, recibirás un Certificado Acreditativo de haber realizado el Curso. Cualquier empresa podrá verificar en www.lecciona.com/certificados.

Este curso online se adapta a la obligatoriedad de formación de los empleados que establece la Ley. Su realización acreditará el requisito legal de conocimientos suficientes sobre el delito de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo para el ejercicio de sus funciones.

Artículo 17 de esta ley define a los “Sujetos Obligados”

Las personas físicas o morales que realizan las denominadas Actividades Vulnerables. Estas incluyen operaciones como la compraventa de inmuebles, juegos y sorteos, prestación de servicios profesionales independientes (notarios, contadores, abogados), comercialización de vehículos, joyas, metales preciosos o criptomonedas, así como la administración de recursos financieros. Todas estas actividades deben registrarse ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y reportar cualquier operación inusual o sospechosa.

Administrator